La Ciudad de México ya ha sido antes pionera en respetar los derechos de las minorías. Lo hizo con los matrimonios homosexuales y lo hizo con la despenalización del aborto; en cada caso, se ha ganado la ira de una Iglesia que ve como su mermada influencia ya no funciona en una ciudad como la de México.
Este año no podía ser distinto y para seguir con el tema de la “vida”, la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México (aquel grupo que está construyendo la constitución de la nueva entidad de lo que fuera el Distrito Federal) ha incluido y aprobado el artículo 11 que en su inciso “A” dice:
Toda persona tiene derecho a la autodeterminación y al libre desarrollo de una personalidad.
Este derecho humano fundamental deberá posibilitar que todas las personas puedan ejercer plenamente sus capacidades para vivir con dignidad. La vida digna contiene implícitamente el derecho a una muerte digna.
Aún faltan todas las leyes que definen su marco jurídico y resuelvan las lagunas que nacen de esta declaración, como ¿puede ser asistida?, ¿el médico está obligado a respetar y asistir o tiene la opción de rechazar?, ¿en que momento y bajo que circunstancias?, ¿quién lo certifica?, etc. El debate es ineludible una vez que el artículo se ha escrito en la futura carta magna de la CDMX.
Para leer: Artículos aprobados por el pleno (hasta la sesión del 5 de Enero del 2017)